Convenio 177 de la Organización Internacional del Trabajo

En El Salvador, existen mujeres que realizan labores de bordado, costura y ensamblaje desde sus hogares. Aunque suele presentarse como una opción “flexible”, esta modalidad es en realidad un trabajo altamente precarizado, feminizado e históricamente invisible para el Estado.

El Convenio 177 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) —que reconoce el trabajo a domicilio como productivo y exige igualdad de trato, registro de empleadores y mecanismos de inspección— sigue sin ser ratificado por El Salvador. A pesar de ello, el Código de Trabajo incorpora disposiciones específicas para esta modalidad. Sin embargo, la brecha entre la normativa y su implementación es profunda: las bordadoras continúan trabajando en informalidad, sin contratos, sin protección social y sin supervisión adecuada.

Investigaciones recientes advierten que ni siquiera se cumplen las condiciones mínimas de contratación. El pago promedio es de $2 por pieza terminada, una tarifa que no refleja el tiempo, la habilidad ni los costos asumidos por las trabajadoras, quienes además deben cubrir insumos, electricidad y horas no remuneradas. Mientras tanto, intermediarios y empresas reducen costos trasladando toda la carga al hogar.

Los datos confirman la dimensión estructural del problema:

  • 97 % de las mujeres en trabajo a domicilio están en informalidad (WIEGO, 2019).
  • Solo 5 % de las mujeres participa en la PEA, frente al 81.5 % de los hombres (Observatorio Laboral, 2024).
  • 3 % del sector informal no agrícola está conformado por mujeres (Comercio & Negocios, 2023).
  • Entre el 60 % y 72 % del trabajo a domicilio se concentra en comercio y manufactura, sectores altamente feminizados.

A pesar de su aporte económico, las bordadoras enfrentan ingresos bajos e inestables, dificultades para denunciar abusos, sobrecarga por las tareas de cuidado y una persistente falta de reconocimiento institucional. Su labor continúa siendo tratada como una extensión del trabajo doméstico, y no como una actividad productiva que requiere regulación y protección.

El país cuenta con normativa que respalda el trabajo a domicilio, pero su aplicación es insuficiente. La falta de registro de empleadores, la ausencia de inspecciones adaptadas y el predominio del pago por pieza evidencian una deuda estructural con las mujeres que trabajan desde sus hogares. La ratificación del Convenio 177 sería un paso importante para mejorar la regulación, visibilizar y valorar su trabajo, especialmente el de las bordadoras, cuya contribución económica sigue siendo invisibilizada.

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